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En Areta Abogados y Asesores, como abogados especializados en derecho penal familiar, comprendemos la complejidad de la situación que enfrentan las víctimas y sus familiares, especialmente cuando hay menores involucrados. Es fundamental contar con una asesoría legal experta en este ámbito.
Desde el momento en que ocurren los hechos que pueden ser considerados un delito, cada detalle cuenta. Por ello, es crucial disponer de una orientación adecuada tanto en Derecho Penal como en Derecho Matrimonial y de Familia.
El delito de violencia de género abarca una serie de conductas delictivas cometidas por una persona contra otra de diferente género en el contexto de una relación afectiva. Este tipo de delito incluye tanto la violencia física como la psicológica. Entre los delitos más comunes en casos de violencia de género se encuentran: lesiones, amenazas, coacciones e injurias.
Dentro de los delitos por violencia de género podemos distinguir los siguientes tipos:
Según el artículo 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, un juicio rápido es un procedimiento dentro del ámbito penal que busca resolver de forma ágil y eficiente ciertos delitos, como los relacionados con la violencia de género.
Los juicios rápidos por violencia de género solo son aplicables a determinados delitos. En este contexto, la violencia de género está incluida en los delitos previstos en el artículo 173.2 del Código Penal, que abordan aquellos que atentan contra la integridad física y moral de las personas.
Las medidas cautelares son las que puede ordenar un Juzgado para evitar el desarrollo adecuado del proceso judicial. Estas pueden ser de carácter personal y las relacionadas con temas patrimoniales.
Estas son las medidas para la protección de la víctima de violencia de género contra la mujer:
Las penas por delitos de violencia de género se aplican según la gravedad del delito cometido contra la mujer, con la agravante correspondiente.
En términos generales, los delitos de violencia de género son castigados con una pena de prisión de seis a 12 meses por quebrantamiento de condena o de medidas cautelares, y con multas de 12 a 24 meses en otros casos. El artículo 37 de la Ley Orgánica 1/2004, que regula la protección contra los malos tratos, modifica el artículo 153 del Código Penal, estableciendo los delitos y las correspondientes penas.
En Areta Abogados y Asesores podemos ofrecerte la ayuda que necesitas si te encuentras en una situación de violencia de género. El acompañamiento legal a la víctima es esencial, por lo que nuestro bufete de abogados ofrece una primera consulta gratuita para valorar y asesorar a las víctimas de manera integral.
No, la primera consulta, que incluye el análisis de viabilidad por parte de nuestro abogado especialista, es completamente gratuita.
Sí, para poder analizar adecuadamente la viabilidad del caso, es importante que lleve toda la documentación relevante al abogado.
Sí, es posible. Sin embargo, sería recomendable que envíe una copia de la documentación relevante por algún medio, preferentemente por email, para que el abogado pueda estudiarla antes de la consulta.
No, tras la primera consulta, donde el abogado le haya explicado las opciones disponibles para su caso, será usted quien decida si desea contratarnos o no.