El 1 de enero de 2016, comenzó a concederse el complemento de maternidad para las pensiones contributivas de la Seguridad Social a las madres con dos o más hijos, ya sean biológicos o adoptivos. Este complemento estaba recogido en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social.
Sin embargo, el 17 de febrero de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia en la que determinó que este complemento era discriminatorio por razón de sexo, al excluir a los hombres. Así, el complemento de maternidad estuvo vigente hasta el 3 de febrero de 2021, cuando fue sustituido por el complemento de reducción de la brecha de género en las pensiones.
Entre la sentencia europea y la implementación del nuevo complemento, muchos padres reclamaron el complemento de maternidad, y la Seguridad Social lo reconoció, aunque solo con efectos desde la fecha de la sentencia europea.
Lo relevante en este momento es que, desde marzo de 2022, varios tribunales superiores de justicia han reconocido el complemento de maternidad no solo desde la fecha de la sentencia, sino desde el momento en que se produjo el hecho causante, lo que implica efectos retroactivos.