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Nuestros profesionales de Areta Abogados son expertos en delitos de estafa, con amplia experiencia en Derecho Penal. Podemos ayudarte en estos casos.
En cuanto a los delitos contra el patrimonio, la estafa ocupa un lugar destacado dentro de las defraudaciones. Es uno de los delitos más comunes y con mayor volumen de procedimientos en los Juzgados de lo Penal. Los montos pueden variar desde unos pocos euros hasta varios miles, y las formas de engañar son diversas y continúan surgiendo nuevas, especialmente con el avance de las tecnologías.
El delito de estafa es uno de los delitos contra el patrimonio, es decir, se enmarca dentro de la esfera económica de los ciudadanos. Se regula en el artículo 248 y siguientes del Código Penal, que establece:
Cometen estafa quienes, con ánimo de lucro, utilicen engaño suficiente para inducir a error a otra persona, llevándola a realizar un acto de disposición en detrimento propio o ajeno.
Para comprender mejor este delito, presentamos algunos ejemplos comunes de estafa que nuestros abogados especializados en estafas ven cada día:
El delito de estafa se recoge en el artículo 248 del Código Penal, y lo comete quien utilice engaño suficiente para engañar a otra persona, llevándola a realizar un acto de disposición que le cause perjuicio propio o ajeno con ánimo de lucro. Para que el delito de estafa se perfeccione, se requieren los siguientes elementos:
Ánimo de lucro: En el delito de estafa, el autor actúa con la intención de enriquecerse, obteniendo una ventaja patrimonial, lo que se equipara al dolo.
Engaño suficiente: Este delito implica hacer creer a alguien algo falso, y este engaño debe ser suficiente y proporcional para inducir a error.
Error: Se refiere a cuando la víctima es llevada a emitir una voluntad que, de otro modo, no habría hecho.
Acto de disposición con perjuicio propio o ajeno: Este es el desplazamiento patrimonial que resulta del acto de estafa.
En el apartado 2 del artículo, se amplía el concepto para incluir nuevas modalidades de estafa que se adaptan a los tiempos actuales:
l tipo básico de condena por el delito de estafa establece una pena de prisión que va de seis meses a tres años.
Por otro lado, el tipo agravado de condena por estafa, regulado en el artículo 250 del Código Penal, impone una pena de prisión que va de uno a seis años y multa de seis a doce meses en los siguientes casos:
En Areta Abogados contamos con los mejores profesionales en el ámbito penal, especializados en delitos de estafa. Podemos ayudarte, ya que la primera consulta es gratuita.
Como hemos mencionado, los delitos de estafa son algunos de los más comunes y las cantidades defraudadas pueden ser considerablemente altas. Por eso, enfrentarse a una situación de estafa en cualquiera de sus modalidades puede resultar muy preocupante y desconfortable. Con las nuevas modalidades de estafas a través de internet o el móvil, cualquier persona puede verse afectada por este tipo de delitos.
No, la primera consulta, que incluye el análisis de viabilidad por parte de nuestro abogado especialista, es completamente gratuita.
Sí, para poder analizar adecuadamente la viabilidad del caso, es importante que lleve toda la documentación relevante al abogado.
Sí, es posible. Sin embargo, sería recomendable que envíe una copia de la documentación relevante por algún medio, preferentemente por email, para que el abogado pueda estudiarla antes de la consulta.
No, tras la primera consulta, donde el abogado le haya explicado las opciones disponibles para su caso, será usted quien decida si desea contratarnos o no.