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El delito de impago de pensiones se refiere a la situación en la que una persona, obligada legalmente a abonar una pensión alimenticia, incumple este deber de manera reiterada y voluntaria, causando un perjuicio económico a la persona beneficiaria.
El pago de pensiones alimenticias es una obligación legal diseñada para asegurar el sustento económico de quienes dependen de él, normalmente los hijos de una relación que ha finalizado.
El Código Penal establece en su artículo 227 que el impago de pensiones ocurre cuando una persona, obligada por un convenio judicialmente aprobado a pagar una prestación económica a favor de sus hijos o del cónyuge, deja de cumplir con dicho pago durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos.
Este incumplimiento se considera un delito de abandono de familia, ya que pone en riesgo el sustento económico de los hijos menores de edad y las pensiones acordadas para el cónyuge.
Los delitos de impago de pensiones, al igual que el delito de abandono de familia, presentan las siguientes características:
Es un delito de omisión, es decir, se comete al dejar de realizar una acción, en este caso, el incumplimiento del pago de la pensión alimenticia.
Debe mantenerse en el tiempo, lo que implica que el impago debe ser continuado, específicamente durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos.
Requiere denuncia: Para que el delito sea perseguido, es necesario que la parte afectada presente una denuncia ante las autoridades competentes.
El artículo 227 del Código Penal establece las siguientes sanciones por el impago de pensiones:
Teóricamente, la obligación de pagar pensión alimenticia a los hijos finaliza a los 18 años. No obstante, esta obligación puede extenderse más allá de esa edad, dependiendo de ciertas circunstancias:
En resumen, la pensión alimenticia puede prolongarse más allá de los 18 años, siempre que el hijo esté en situación de dependencia económica.
Una de las situaciones más comunes con las que nos encontramos como abogados especializados en Derecho matrimonial y de familia es la dificultad para hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos.
En estos casos, la solución más adecuada no es dejar de pagar, sino presentar ante el Juez una solicitud de modificación de medidas para ajustar la cantidad de la pensión de acuerdo con las posibilidades económicas del obligado. No pagar la pensión de alimentos según lo establecido por la ley puede derivar en un delito de impago de pensiones.
El delito de impago de pensiones alimenticias se ha convertido en uno de los delitos más perseguidos por los fiscales y el sistema judicial español. De hecho, en marzo de 2021, el Tribunal Supremo, en una sentencia condenatoria a un padre por impago de pensiones, calificó este delito como una forma de violencia económica, debido a las graves consecuencias que genera en las personas afectadas.
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