Madrid | Bilbao
La violencia doméstica es un tipo de abuso que puede ocurrir en cualquier relación íntima, ya sea entre parejas casadas o no, parejas del mismo sexo, miembros de la familia o personas que cohabitan en el mismo hogar. Se trata de un patrón de comportamiento abusivo en el que una persona ejerce poder y control sobre otra mediante tácticas como la violencia física, sexual, psicológica o económica.
A menudo, la violencia doméstica es difícil de identificar, ya que las víctimas sienten miedo, vergüenza o culpa, y en ocasiones no se sienten preparadas para hablar sobre su situación.
El delito de violencia doméstica está regulado en el Código Penal, dentro del Título dedicado a los delitos contra la integridad moral. En concreto, el artículo 173 define la violencia doméstica como aquella en la que un agresor ejerce violencia física o psíquica sobre una persona con la que mantiene o ha mantenido una relación de afectividad, ya sea como cónyuge o conviviente.
A diferencia del delito de violencia de género, el concepto de violencia doméstica no se basa en el género de las víctimas para catalogarlas como tales. En este caso, se considera víctima a la persona que recibe la violencia dentro del ámbito de la convivencia familiar.
Así, las víctimas de violencia doméstica pueden ser:
Esta definición también se extiende a los familiares del cónyuge conviviente.
Debido a la complejidad que implica un delito cometido dentro del ámbito de la convivencia familiar, las penas por violencia doméstica incluyen no solo penas de prisión, sino también medidas cautelares destinadas a proporcionar protección preventiva a las personas que requieren una especial atención.
Las medidas cautelares en casos de violencia doméstica están reguladas en el artículo 48 del Código Penal. Entre ellas se incluyen:
En cuanto a las penas para quienes son acusados de violencia doméstica, estas oscilan entre seis meses y tres años de prisión. En casos con agravantes, la pena puede imponerse en su mitad superior. Algunos de los agravantes incluyen:
Los delitos de violencia doméstica pueden prescribir dependiendo de la pena que conllevan, de la siguiente manera:
En casos de violencia doméstica, tanto la legislación como el sistema judicial español ofrecen una red de apoyo que abarca tanto la prevención como la protección de las víctimas.
El peligro de este tipo de delitos radica en que, al tratarse de un agresor con quien existe un vínculo afectivo, muchas veces se comparte el domicilio o se tiene acceso al mismo.
Ante cualquier situación que ponga en riesgo tu integridad física, lo más recomendable es contactar de inmediato con el 016 o con la policía local.
Nuestra experiencia en Derecho Penal Familiar nos permite comprender la difícil situación que enfrentan las víctimas de violencia doméstica, así como la importancia de que estén informadas sobre los derechos y protecciones que les otorgan las leyes actuales, tanto a ellas como a sus familiares.
Dada la complejidad y gravedad de muchos de estos casos, especialmente los más mediáticos, el apoyo legal puede ser crucial. Por eso, ofrecemos una primera consulta gratuita para evaluar y asesorar a las víctimas sin compromiso.
No, la primera consulta, que incluye el análisis de viabilidad por parte de nuestro abogado especialista, es completamente gratuita.
Sí, para poder analizar adecuadamente la viabilidad del caso, es importante que lleve toda la documentación relevante al abogado.
Sí, es posible. Sin embargo, sería recomendable que envíe una copia de la documentación relevante por algún medio, preferentemente por email, para que el abogado pueda estudiarla antes de la consulta.
No, tras la primera consulta, donde el abogado le haya explicado las opciones disponibles para su caso, será usted quien decida si desea contratarnos o no.