Un infarto de miocardio, conocido comúnmente como ataque al corazón, ocurre cuando se bloquea el flujo sanguíneo a una parte del corazón, lo que provoca la muerte de tejido cardíaco. Esta obstrucción generalmente se debe a la acumulación de placa en las arterias coronarias, que al romperse puede formar un coágulo que interrumpe el flujo sanguíneo. Los síntomas típicos incluyen dolor en el pecho, que puede irradiar hacia el brazo izquierdo, el cuello o la mandíbula, dificultad para respirar, sudoración excesiva y náuseas.
La presencia de complicaciones, como insuficiencia cardíaca o arritmias, puede afectar la recuperación y la capacidad para realizar ciertas tareas. Trabajos que requieren esfuerzo físico intenso o alto estrés pueden ser más difíciles de retomar a corto plazo. Por ejemplo, trabajos en construcción o en el sector industrial podrían ser más complicados que trabajos de oficina si no implican un alto nivel de estrés. En casos extremos, un infarto podría llevar a la incapacidad permanente. Somos líderes en este campo, y ofrecemos una consulta gratuita.
Tipos y grados de incapacidad laboral por infarto
Un infarto de miocardio puede tener un impacto profundo en la capacidad de una persona para desempeñar su trabajo. La magnitud de la incapacidad depende de varios factores, incluyendo la naturaleza del trabajo y la severidad del infarto. En el contexto de la incapacidad permanente, se tiene en cuenta la fracción de eyección (FE) o fracción de eyección ventricular izquierda (FEVI) del trabajador.
Además, las personas que sufren cardiopatía isquémica tienen un alto riesgo de sufrir un infarto. A continuación, se describen los diferentes niveles de incapacidad que pueden surgir tras un infarto:
Incapacidad parcial
Este nivel de incapacidad se aplica a las personas que, aunque pueden seguir trabajando, experimentan una disminución significativa en su rendimiento, al menos un 33%. La fatiga y las limitaciones físicas resultantes del infarto pueden afectar su eficiencia y capacidad para cumplir con las responsabilidades laborales al mismo nivel que antes del infarto.
Incapacidad permanente total
Se considera incapacidad permanente total cuando el infarto ha causado daños que impiden a la persona realizar su trabajo habitual. El impacto del infarto en la salud del corazón puede ser tan grave que afecta las funciones necesarias para desempeñar el trabajo de manera efectiva, imposibilitando la continuación en la profesión actual.
Este nivel de incapacidad es aplicable a trabajos de esfuerzo físico (construcción, almacenes, fábricas, limpieza) o incluso trabajos con un alto nivel de estrés psicológico o responsabilidad (cuidadores, bomberos, directivos). La FE en este caso se encuentra entre el 40% y el 55%.
Incapacidad permanente total cualificada
Este grado está destinado a personas mayores de 55 años que enfrentan dificultades significativas para encontrar un nuevo empleo debido a su edad y las secuelas del infarto. Dado que las oportunidades laborales para este grupo son limitadas, y el infarto complica aún más la reintegración laboral, se reconoce la dificultad añadida en este caso.
Incapacidad permanente absoluta
Se clasifica como incapacidad permanente absoluta cuando el infarto ha dejado a la persona completamente incapacitada para realizar cualquier tipo de actividad, ya sea laboral o incluso las más básicas y cotidianas. En este caso, la FE está entre el 25% y el 39%.
Gran invalidez
Este es el nivel más alto de incapacidad y se asigna a las personas que requieren asistencia continua para llevar a cabo las actividades diarias más esenciales, como alimentarse o asearse. Si el infarto provoca una debilidad extrema y dependencia total de otras personas para las funciones más básicas, se clasifica como gran invalidez, requiriendo ayuda constante para las tareas diarias. En este caso, la FE debe ser inferior al 25%.
Requisitos para solicitar la incapacidad permanente por infarto
- Diagnóstico médico: El diagnóstico de incapacidad por infarto se realiza a través de una combinación de historia clínica, examen físico, electrocardiogramas (ECG), análisis de sangre y, en algunos casos, pruebas de imagen como ecocardiografía, radiografía de tórax o resonancia magnética.
- Cotización mínima: Para trabajadores menores de 31 años, es necesario haber cotizado al sistema de seguridad social durante al menos un tercio del tiempo transcurrido desde los 16 años. Para trabajadores mayores de 31 años, se requiere haber cotizado al menos un cuarto del tiempo desde los 20 años, con un mínimo de cinco años de cotización, y al menos el 20% de este tiempo debe haberse acumulado en los últimos diez años.
- Documentación necesaria: Se requieren informes médicos que incluyan detalles sobre el infarto, la evolución de la recuperación, la capacidad funcional, la opinión de un cardiólogo, el progreso en la rehabilitación cardíaca, el impacto psicológico y la evaluación general del historial médico del paciente.
Procedimiento para solicitar incapacidad por infarto
El proceso para solicitar incapacidad laboral debido a un infarto incluye los siguientes pasos:
- Inicio del procedimiento: La solicitud debe presentarse cuando el infarto ha afectado significativamente la capacidad laboral, y se debe contar con un informe médico que confirme el diagnóstico y la limitación en el desempeño laboral.
- Documentación: Se debe reunir toda la documentación médica relevante, incluyendo informes detallados de cardiólogos, resultados de pruebas diagnósticas y cualquier otra evidencia que muestre cómo el infarto limita la capacidad para trabajar.
- Reclamación: Si la solicitud es rechazada, es posible presentar una reclamación al INSS, adjuntando todos los informes médicos que demuestren el impacto del infarto en la capacidad laboral.
- Juicio: Si la reclamación es denegada, el caso puede ser llevado a los tribunales de lo Social. Es recomendable contar con un abogado especializado en incapacidad para garantizar una representación efectiva.
Plazos y tiempos
La Seguridad Social tiene hasta 135 días para emitir una resolución sobre las solicitudes de incapacidad permanente. Si no se recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considera rechazada por silencio administrativo.
Una vez recibida la resolución, el solicitante dispone de 30 días laborables para presentar una reclamación administrativa si no está conforme con la decisión. Si la reclamación es desestimada, se puede iniciar un proceso judicial dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de la denegación.
Evaluación
En este punto, se realiza una evaluación exhaustiva de cómo el infarto ha afectado la capacidad funcional del paciente para realizar su trabajo. Se utilizan pruebas específicas para medir la fatiga, posibles arritmias y la capacidad de realizar tareas físicas o mentales, así como pruebas de esfuerzo para valorar la capacidad funcional.
Revisión por el tribunal médico
El tribunal médico revisa los informes médicos y los resultados de las pruebas para valorar las limitaciones impuestas por el infarto en la capacidad para trabajar, considerando tanto el rendimiento profesional como el desarrollo en la vida diaria.
Baja laboral por infarto
Un trabajador que ha sufrido un infarto de miocardio y se ha visto obligado a tomar una baja laboral debe seguir las indicaciones del médico para una recuperación completa y posterior reincorporación a su puesto de trabajo. El infarto es uno de los motivos más comunes para bajas laborales superiores a seis meses en España. Es importante evitar factores de riesgo laborales como el estrés, el sedentarismo, una dieta inadecuada y la exposición a sustancias tóxicas, que pueden aumentar el riesgo de enfermedades cardiovasculares.
Tiempo de baja por infarto
El tiempo de baja por infarto puede variar según la gravedad del ataque, el tipo de trabajo y el nivel de estrés que implique. En algunos casos, el tiempo de baja puede superar el año, lo que da pie a la solicitud de incapacidad permanente.
Recomendaciones
Para solicitar incapacidad por infarto, es fundamental seguir las indicaciones médicas, mantener un registro detallado de la condición y cómo afecta al trabajo, y recopilar todas las pruebas necesarias. Es crucial que los informes médicos reflejen el estado actual, las secuelas y las limitaciones funcionales tras el infarto.
Documentación
Es necesario reunir toda la documentación médica relevante, incluidos informes del cardiólogo, resultados de pruebas diagnósticas y detalles sobre el tratamiento recibido. Esta documentación facilita el proceso de solicitud y las evaluaciones pertinentes.
Asesoramiento legal
Contar con el apoyo de un abogado especializado en incapacidad por infarto es esencial para asegurar el éxito de la solicitud. Un abogado de incapacidades puede guiarte en la recopilación de pruebas, la presentación de reclamaciones y representarte en caso de recurrir a instancias judiciales.
Casos reales
Analizar casos previos de incapacidad laboral por infarto puede proporcionar una visión útil sobre cómo manejar la evaluación médica y los procedimientos legales. Estos casos muestran ejemplos prácticos y estrategias para enfrentar desafíos similares en la solicitud de incapacidad.
En Areta Abogados y Asesores hemos ayudado a muchos clientes que han sufrido infartos a obtener su incapacidad permanente. A continuación, presentamos algunos casos de éxito:
En otro caso, conseguimos que una cliente fuera reconocida en incapacidad permanente absoluta tras sufrir un infarto. Tras una reclamación y la impugnación de un recurso del INSS, el tribunal reconoció su situación de incapacidad permanente absoluta debido a las severas limitaciones en su capacidad laboral.
Sentencia de 10 de noviembre de 2022: Un cliente que sufrió un infarto en el contexto de cardiopatía isquémica y precisó la colocación de un stent. Como secuelas, quedó con una FE del 40% y una capacidad de esfuerzo muy disminuida. Se le reconoció incapacidad permanente absoluta, ya que no podía realizar ningún tipo de actividad laboral, ni siquiera de mínimo esfuerzo, y tenía comprometidos los desplazamientos.





