¿Has sufrido un percance de camino al trabajo, durante un desplazamiento por motivos laborales o incluso dentro de la propia empresa y no sabes si legalmente se considera un accidente de trabajo?
La calificación de un accidente como laboral puede tener consecuencias importantes, ya que determina qué prestaciones pueden corresponder al trabajador y, en determinados casos, si puede existir responsabilidad por parte de la empresa.
En este artículo te explicamos qué se considera accidente de trabajo, qué diferencias existen entre un accidente in itinere y un accidente en misión, y cómo suelen abordarse algunas de las situaciones que generan más dudas.
Qué es un accidente de trabajo según la ley
La presunción de laboralidad
La normativa establece que, salvo prueba en contrario, tienen la consideración de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
Esta denominada presunción de laboralidad facilita el reconocimiento del carácter profesional de determinadas lesiones producidas durante la jornada laboral. No obstante, no significa que cualquier problema de salud que aparezca mientras se está trabajando tenga automáticamente la consideración de accidente laboral, ya que las circunstancias concretas pueden ser determinantes.
Requisitos para que se reconozca como accidente laboral
Con carácter general, para que exista un accidente de trabajo debe existir una relación entre la lesión sufrida y el trabajo realizado. La normativa contempla tanto los accidentes producidos directamente como consecuencia de la actividad laboral como aquellos en los que el trabajo haya tenido una relación relevante con la lesión.
Por este motivo, el análisis de las circunstancias en las que se produjo el accidente resulta fundamental. La causa, el lugar, el momento y la actividad que estaba realizando el trabajador pueden ser determinantes para establecer si se trata de una contingencia profesional.
Qué es el accidente in itinere
Requisitos del trayecto habitual
El accidente in itinere es el que se produce durante el desplazamiento del trabajador entre su domicilio y el lugar de trabajo, o en el trayecto de regreso.
Para que pueda reconocerse esta consideración deben analizarse diferentes circunstancias, como el trayecto realizado, el medio de transporte utilizado, el momento del desplazamiento y la finalidad del mismo. En general, el recorrido debe mantener una conexión razonable con el desplazamiento necesario para acudir al trabajo o regresar al domicilio.
Las desviaciones o interrupciones importantes por motivos personales pueden hacer que se pierda esa conexión, aunque no existe una regla automática para todos los casos.
Ejemplos reconocidos por los tribunales
Los tribunales han analizado numerosos supuestos en los que el trabajador se desvía de su recorrido habitual o realiza una parada antes de llegar a casa.
Por ejemplo, determinadas modificaciones del trayecto pueden seguir considerándose compatibles con un accidente in itinere cuando responden a motivos razonables y no rompen de forma significativa la finalidad del desplazamiento.
Por ello, cada situación debe estudiarse individualmente. Una pequeña variación del recorrido no tiene necesariamente las mismas consecuencias que una interrupción prolongada para realizar una actividad completamente ajena al trabajo.
Qué es el accidente en misión
Diferencias con el accidente in itinere
El accidente en misión es aquel que puede sufrir el trabajador mientras realiza desplazamientos o actividades que forman parte de su actividad laboral y que le han sido encomendadas por la empresa.
Puede darse, por ejemplo, durante un desplazamiento a otra ciudad para acudir a una reunión, realizar una visita profesional o desarrollar una tarea fuera del centro habitual de trabajo.
La principal diferencia respecto al accidente in itinere es que este último está vinculado al desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo, mientras que el accidente en misión se relaciona con el desarrollo de una actividad o desplazamiento laboral durante el cumplimiento de las funciones profesionales.
Los casos dudosos: cuándo se reconoce y cuándo no
Infarto o problemas de salud durante la jornada
Uno de los supuestos que más dudas genera es el de un trabajador que sufre un infarto u otro problema de salud durante la jornada laboral.
Cuando una lesión o alteración de la salud se produce en tiempo y lugar de trabajo, puede entrar en juego la presunción de laboralidad. Sin embargo, la calificación definitiva dependerá de las circunstancias del caso y de las pruebas disponibles.
Por ello, no basta con saber que el problema se produjo durante la jornada: también puede ser necesario analizar su relación con la actividad laboral y las circunstancias médicas y profesionales existentes.
Pausas y descansos dentro del horario laboral
También pueden surgir dudas cuando el accidente ocurre durante una pausa o descanso dentro de la jornada.
La consideración del accidente dependerá de las circunstancias concretas, como el lugar en el que se produjo, la duración de la pausa y su relación con la actividad laboral. La jurisprudencia ha analizado diferentes situaciones relacionadas con descansos breves durante la jornada, por lo que no todos los casos reciben necesariamente la misma respuesta.
Desvíos del trayecto habitual
Los accidentes producidos durante desplazamientos con desviaciones respecto del recorrido habitual también requieren un análisis específico.
Por ejemplo, recoger a un hijo del colegio, realizar una gestión personal o hacer una parada prolongada puede afectar a la consideración del accidente como in itinere si supone una ruptura relevante del desplazamiento entre el domicilio y el trabajo.
Sin embargo, la existencia de una desviación no determina por sí sola la pérdida de la consideración de accidente laboral. Hay que valorar su duración, finalidad, importancia y las circunstancias concretas en las que se produjo.
Qué queda excluido de la consideración de accidente de trabajo
La normativa excluye determinados supuestos de la consideración de accidente de trabajo. Entre ellos se encuentran los accidentes debidos a una fuerza mayor extraña al trabajo, así como aquellos que sean consecuencia de dolo o imprudencia temeraria del trabajador.
También pueden quedar fuera de esta consideración determinados accidentes producidos cuando el trabajador se ha apartado de forma relevante e injustificada de la actividad o del trayecto vinculado al trabajo.
No obstante, existen diferencias entre una imprudencia temeraria y la imprudencia profesional que puede derivarse del ejercicio habitual del trabajo. Por eso, antes de determinar que un accidente no es laboral, es importante analizar las circunstancias concretas.
Accidente de trabajo: cómo podemos ayudarte desde Areta Abogados
Determinar si un accidente debe calificarse como laboral no siempre es sencillo, especialmente cuando se produce fuera del centro de trabajo, durante un desplazamiento o en circunstancias que generan dudas.
El reconocimiento de la contingencia profesional puede tener consecuencias importantes tanto en relación con las prestaciones de la Seguridad Social como con una posible responsabilidad empresarial cuando exista un incumplimiento de las obligaciones de prevención de riesgos laborales.
En Areta Abogados analizamos las circunstancias concretas de cada accidente, revisamos las pruebas disponibles y te asesoramos en los trámites y reclamaciones que puedan resultar necesarios frente al INSS, la mutua o la empresa.
Si has sufrido un accidente y tienes dudas sobre su consideración, nuestro equipo de abogados de accidentes de trabajo puede estudiar tu caso y ayudarte a defender tus derechos.

