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Quién me paga la baja y cuánto cobro

Estar de baja médica genera muchas dudas, y una de las más habituales es quién se hace cargo del pago durante ese periodo y cuánto dinero se va a recibir realmente. La respuesta depende de diferentes factores, como los días que hayan transcurrido desde el inicio de la baja o el origen de la incapacidad temporal.

En este artículo te explicamos quién paga la baja médica en cada momento y qué porcentaje de la base reguladora corresponde en función de la situación.

Quién paga cada tramo de la baja médica

Los primeros días de baja: paga la empresa

Cuando la baja deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral, durante los primeros tres días, con carácter general, no existe obligación legal de abonar la prestación, salvo que el convenio colectivo aplicable establezca una mejora.

Entre el día 4 y el 15 de la baja, la empresa es la responsable del pago de la prestación por incapacidad temporal en los términos establecidos legalmente.

A partir del día 16: paga el INSS o la mutua

A partir del día 16, la responsabilidad del pago de la prestación corresponde al INSS o a la mutua colaboradora con la Seguridad Social, dependiendo de quién tenga cubierta la contingencia correspondiente.

Sin embargo, esto no significa necesariamente que el trabajador reciba el dinero directamente del INSS o de la mutua. En muchos casos, la empresa continúa abonando la prestación en nómina mediante el sistema de pago delegado y posteriormente compensa esas cantidades con la Seguridad Social.

Diferencias según el convenio colectivo

El convenio colectivo puede mejorar las condiciones establecidas con carácter general por la normativa. Por ejemplo, algunos convenios establecen complementos que permiten al trabajador alcanzar un porcentaje superior de su salario durante la baja, incluso desde los primeros días.

Por eso, además de conocer las reglas generales de la incapacidad temporal, es importante comprobar qué establece el convenio colectivo que resulta aplicable a cada trabajador.

Cuánto se cobra estando de baja

Porcentajes según los días transcurridos

En caso de enfermedad común o accidente no laboral, la prestación por incapacidad temporal se calcula, con carácter general, de la siguiente manera:

  • Del día 1 al 3: no existe prestación económica con carácter general, salvo mejoras previstas por convenio.
  • Del día 4 al 20: se percibe el 60 % de la base reguladora.
  • A partir del día 21: la prestación asciende al 75 % de la base reguladora.

Estos porcentajes corresponden a la regulación general y pueden verse mejorados por el convenio colectivo aplicable.

Diferencia entre contingencia común y profesional

Cuando la baja deriva de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, las condiciones son diferentes. En estos casos, la prestación económica por incapacidad temporal se calcula aplicando, con carácter general, el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja.

El día del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, el salario correspondiente a ese día corre a cargo de la empresa.

Ejemplo práctico de cálculo

Imaginemos un trabajador cuya base reguladora diaria es de 50 euros y que se encuentra de baja por enfermedad común.

Durante los primeros tres días, con carácter general, no percibiría la prestación económica. Entre los días 4 y 20, la prestación sería equivalente al 60 % de su base reguladora, es decir, 30 euros diarios. A partir del día 21, pasaría a percibir el 75 %, lo que supondría 37,50 euros diarios.

Si la incapacidad temporal derivase de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, se aplicaría el porcentaje correspondiente a las contingencias profesionales.

Qué pasa si mi empresa no me paga la baja

Cómo reclamar el pago

Si la empresa no abona correctamente las cantidades que debe pagar o existe un problema con el pago delegado, el trabajador puede reclamar las cantidades pendientes.

Lo habitual es comenzar reclamando el pago a la empresa y tratando de resolver la situación por vía extrajudicial. Si no se soluciona, puede ser necesario acudir a la jurisdicción social para reclamar las cantidades que correspondan.

Plazos para reclamar

Las reclamaciones de cantidades salariales o relacionadas con la prestación que deba abonar la empresa están sujetas a plazos. Con carácter general, el plazo para reclamar cantidades es de un año desde que pudieron reclamarse.

Por este motivo, si detectas que no se te ha abonado correctamente una cantidad durante tu baja, es recomendable actuar cuanto antes y comprobar qué conceptos y periodos están pendientes de pago.

Baja médica y autónomos: quién paga y cuánto se cobra

Los trabajadores autónomos también pueden tener derecho a la prestación por incapacidad temporal, siempre que cumplan los requisitos establecidos y se encuentren al corriente en el pago de sus cuotas, cuando así lo exija la normativa.

En estos casos, al no existir una empresa que adelante la prestación mediante pago delegado, el pago corresponde a la entidad gestora o a la mutua colaboradora que tenga cubierta la contingencia.

La cuantía dependerá igualmente del origen de la incapacidad temporal y de la base reguladora correspondiente. Por ello, el importe que recibe un autónomo durante una baja no tiene por qué coincidir con el de un trabajador por cuenta ajena.

Quién paga tu baja médica: cómo podemos ayudarte desde Areta Abogados

Cuando una baja médica se prolonga, las dudas no se limitan a quién debe pagar la prestación o cuánto corresponde cobrar. También pueden surgir cuestiones sobre la duración de la incapacidad temporal, una posible alta médica o incluso la posibilidad de que la situación termine derivando en una incapacidad permanente.

En Areta Abogados analizamos cada caso de forma individualizada para comprobar si la prestación se está abonando correctamente, valorar posibles reclamaciones y asesorarte sobre los pasos que puedes dar si tu situación médica se prolonga.

Si necesitas asesoramiento, nuestro equipo de abogados especializados en incapacidad permanente puede estudiar tu caso y ayudarte a proteger tus derechos durante todo el proceso.

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